lunes, 12 de enero de 2009

El Prorrateo del Iva en Colombia

El impuesto a las ventas, no es mas que una cuenta corriente, en la cual se registra los valores cobrados en la venta y prestación de servicios, y los valores pagados en la compra de bienes y servicios necesarios para ejercer nuestra actividad económica, siendo el resultado de esta cuenta corriente, lo que se debe declarar y pagar al final del bimestre. Pero cuendo se realizan actividades excluidas del IVA, junto a actividades gravadas o exentas, debe realizarse el prorrateo del IVA pagado en la adquisisciòn de bienes y servicios, que no tienen una asignación clara y directa con las actividades gravadas y exentas.

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